SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1319/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denunciaron que se vulneraron sus derechos al debido proceso en su elemento de congruencia, motivación y fundamentación; a la defensa y al principio de legalidad; debido a que la Jueza Cuarto de Instrucción Penal del departamento de Santa Cruz, luego de recibir el inicio de investigaciones el 8 del de septiembre de 2014, con el falso argumento de probable existencia de comercialización de sustancias controladas, en el inmueble ubicado en la avenida Cañoto y calle Ichilo de Santa Cruz de la Sierra, emitió el mandamiento de allanamiento; orden ejecutada por la Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, que los condujo ante el Fiscal Anticorrupción; al no existir elemento alguno relacionado a la causa, se determinó el rechazo de la denuncia. El mismo día el Fiscal de Materia Anticorrupción, luego de tomarles su declaración informativa, sin que exista un juez de control jurisdiccional, presentó imputación formal, por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito por particulares con afectación al Estado, siendo aprehendidos el 9 de septiembre  del referido año. Hasta antes de la audiencia de medidas cautelares desconocieron que la denuncia hubiera sido rechazada, por ello recién plantearon un segundo incidente de actividad procesal defectuosa sobre cinco puntos, que fue declarado “infundado” por la Jueza ahora demandada, apelada tal determinación ante el Tribunal de apelación se dispuso su “improcedencia” con total falta de fundamentación y congruencia.