SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1323/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante sin mandato señaló como vulnerados sus derechos a libertad, a la locomoción, a la dignidad, a ser oída, a la petición, al debido proceso y a la presunción de inocencia; en virtud a que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de estafa, el Juez de la causa –hoy demandado– en mérito a la imputación formal presentada el 8 de septiembre de 2016, arbitrariamente mediante providencia de 15 del indicado mes y año, señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 12 de octubre del mismo año; siendo que el Fiscal de Materia solo impetro en el otrosí primero de la imputación formal sin una debida fundamentación; asimismo pidió la declaratoria de rebeldía de Avigail Verduguez Claros, pese haberse presentado ante la autoridad demandada mediante varios memoriales pidiendo el control jurisdiccional, las cuales no fueron resueltas; entre ellos el incidente de nulidad de imputación formal por defectos absolutos; toda vez que, esta fue presentada sin antes haberse tomado la declaración informativa de la impetrante de tutela; por lo que, los actos y omisiones por parte de la autoridad demandada vulneran sus derechos y garantías constitucionales.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 12
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad
- Fragmento 15
- III.3. Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR