Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1328/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante sin mandato señaló como lesionado su derecho a la libertad; y a la petición por cuanto, el 22 de septiembre de 2016, planteó el incidente de libertad definitiva ante el Juez de Ejecución Penal de Potosí ahora demandado; sin embargo, hasta antes de presentada la acción de libertad no mereció respuesta alguna, al contrario la autoridad judicial en vez de atender su solicitud, pidió informe a otros juzgados sin dar celeridad a su trámite; señaló que habiendo cumplido la condena que le impusieron, el Juez demandado no efectuó el control efectivo sobre el cumplimiento de las sanciones que impone el juez o tribunal, actuación que considera negligente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- debe ser liberado en el día
- III.4. Análisis del caso
- CONFIRMAR