SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1336/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1336/2016-S2

Fecha: 16-Dic-2016

III.3.3. Sistema de normas referentes a temas de propiedad

El sistema de normas de la Comunidad Campesina “Sudamericano”, fue establecido sobre la base de la distribución de terrenos y lotes (50x50) en la franja que limita con la carretera Trinidad-Santa Cruz (área urbana) y por otra parte con base a los terrenos que fueron saneados para el sector productivo (chacos). Existe una normativa oral de convivencia, relacionado con el tema de servicios básicos, las viviendas familiares y otros que se aplican como normas y procedimientos internos. Dentro de su sistema normativo se encuentra también lo establecido en el Estatuto Orgánico de la Comunidad Campesina “Sudamericano” y su Reglamento Interno, donde se establecen derechos, deberes y sanciones. El art. 16 de dicho estatuto establece que: “Los comunarios que tengan mala disciplina o conducta, haciendo caso omiso a las disposiciones establecidas en el presente Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, serán pasibles las sanciones de la siguiente manera: Por primera vez, llamada de atención en una reunión. Por una segunda vez, se le convocará al corregidor. Por tercera vez, según la gravedad del caso la expulsión definitiva de las filas de la junta vecinal de la comunidad campesina sudamericano”.

El Estatuto y el Reglamento fueron elaborados para la organización de junta vecinal; empero, posteriormente para obtener su personería jurídica, el mismo documento fue presentado para obtener la personería como “Comunidad campesina Sud-Americano”, constituyéndose también en la base para el Sindicato Agrario de la Comunidad Campesina “Sudamericano”.