SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1375/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1375/2016-S3

Fecha: 01-Dic-2016

el fundamento de la revocatoria de las medidas sustitutivas se basó en que las pruebas presentadas por los imputados respecto a la existencia de su domicilio solo demostraron la habitabilidad y no así la habitualidad, lo que hacía que el peligro de fuga siga vigente,

Dichas autoridades refirieron que, el fundamento de la revocatoria de las medidas sustitutivas se basó en que las pruebas presentadas por los imputados respecto a la existencia de su domicilio solo demostraron la habitabilidad y no así la habitualidad, lo que hacía que el peligro de fuga siga vigente, arguyendo que conforme a la prueba presentada y producida en audiencia se demostró que la Junta Vecinal “Edmundo Vaca Medrano” no estaría legalmente constituida, la designación y nombramiento de quien firma como Presidente de la FEJUVE de la provincia Cercado no sería legal, sin que ello implique un desconocimiento, empero debería acreditarse su designación conforme a normas legales, además, que el certificado domiciliario policial y la certificación notarial no eran suficientes para demostrar la habitualidad extrañada, y que al no haberse demostrado la habitualidad se mantenía latente el citado riesgo procesal.