SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1387/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
a)
Solicitan se conceda la tutela, y se ordene: a) Restituir la acción de reciclaje en el botadero de basura municipal ubicado en la comunidad de la Pampa Galana de la provincia Cercado del departamento de Tarija, pues debido a su prohibición, en los últimos tiempos, está ocasionando el incremento de la acumulación de plástico, aluminio, cobre, plomo y una gran cantidad de pilas; b) El permiso para el reingreso a reciclar la basura municipal situado en el referido lugar; c) Que el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija realice gestiones efectivas de formalización en favor de la recicladoras de plástico, aluminio, cobre y pilas, organizadas en MARMAT; d) La implementación de una instalación de acopio o transferencia para almacenamiento temporal de residuos colindante con el mencionado botadero; e) La consideración de un espacio de terreno en favor de MARMAT, a título de comodato, usufructo u otra figura legal adecuada, para la instalación de una planta de procesamiento de reciclaje; f) Considerar la autorización municipal para la implementación de contenederos de basura, con diseño artístico, en diferentes puntos de la ciudad de Tarija, que sirvan para la recolección de materiales orgánicos por parte del MARMAT; y, g) Recomendar y exhortar a Rodrigo Paz Pereira, Alcalde del referido Gobierno Autónomo Municipal y a Alexandra Moreira López, Ministra de Medio Ambiente y Agua, para que sostengan una reunión dentro del plazo de quince días, a fin de dar solución a los aspectos burocráticos de formalización de la indicada actividad recicladora.