SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1455/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1455/2016-S3

Fecha: 08-Dic-2016

a)

Miguel Robles Calderón, Fiscal de Materia, por informe presentado el 27 de octubre de 2016, cursante a fs. 12 y vta., señaló que: a) El 13 de igual mes y año, no se realizó ningún acto procesal de declaración informativa policial; b) En el cuaderno de investigaciones, existe una orden de aprehensión contra los ahora accionantes, emitida por el suscrito Fiscal, con la cual fueron notificados el 11 de ese mes y año, a horas 15:00 en sus domicilios reales, en mérito al requerimiento de ampliación de declaración a las partes; c) Los accionantes en su memorial no refirieron en qué fecha y lugar se les aprehendió; y, d) “…que del cuaderno de investigación mi persona habría emitido un requerimiento de ampliación de declaración de los sindicados en fecha 1 de octubre esto debido al informe policial de 9/9/2016, como actos de investigación dentro del caso, QUE EL MISMO REQERIMIENTO FISCAL fue objeto de notificación en fecha 11 de octubre de 2016, del cual se evidencia el acta de notificación que fue representado por el asignado al caso y que en virtud a esta representación se emitió el correspondiente orden de aprehensión conforme dispone el Art. 224 del Código Procesal penal” (sic).