Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1460/2016-S3
Fecha: 08-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de su representante denunciaron la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa y al trabajo, toda vez que las autoridades ahora demandadas determinaron apartar del caso a su abogado patrocinante Edgar Manolo Rojas Paz imponiéndole además una multa pecuniaria en aplicación del art. 105 del CPP, por su inasistencia a la audiencia de juicio oral de 28 de septiembre de 2016, sin una adecuada fundamentación ni notificación oportuna, tampoco permitieron que presente justificaciones, desconociendo que la defensa técnica que ejerce es gratuita, dejándoles en indefensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- CONSECUENTEMENTE SE DISPONGA SE ANULEN LOS AUTOS DE VISTA Y/O DECRETOS QUE HAYAN DISPUESTO EN JUICIO ORAL LA DECLARACIÓN DE ABANDONO MALICIOSO, POR PARTE DEL ABOGADO EDGAR MANOLO ROJAS PAZ, PARA QUE SEA ESTE PROFESIONAL QUIEN PUEDA CONTINUAR CON NUESTRA DEFENSA, ASIMISMO, SE DEJEN SIN EFECTO LAS MEDIDAS Y SANCIONES ECONÓMICAS IMPUESTAS (…) Y SE REPARE EL QUEBRANTAMIENTO AL DEBIDO PROCESO
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR