AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2016-CA
Fecha: 17-Feb-2016
“aceptar”
El Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana, mediante Resolución 003/2016 de 14 de enero, cursante de fs. 197 a 199, determinó “aceptar” la solicitud de promover la presente acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Wilder Reinaldo Cuellar Banegas, Wilfredo Quispe Mamani y adhesión en forma verbal en audiencia de Jhonn Erick Flores Almendras, quedando en suspenso la Resolución de primera instancia, mientras se pronuncie el Tribunal Constitucional Plurinacional; manifestando que, el Tribunal Disciplinario de la Policía Boliviana de Santa Cruz, se rige bajo la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; y, de acuerdo a la misma, no se encuentra dentro de sus atribuciones, resolver las acciones de inconstitucionalidad concreta; por otra parte, el 14 de enero de 2016, se corrió en traslado la acción planteada, a Vista Fiscal Policial mismo que no objetó la acción.
- Tribunal Disciplinario Departamental de Santa Cruz de la Policía Boliviana
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- “aceptar”
- En el caso de no promoverse la acción, la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión
- II.3. Marco constitucional y normativo
- Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.4. Análisis del caso concreto
- aceptó
- REVOCAR