AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016-RQ

Fecha: 11-Feb-2016

II.1.  Naturaleza y objeto del recurso de queja

Acorde a la jurisprudencia constitucional, de los AACC 0001/2012-RQ de 15 de octubre, 0002/2012-RQ de 28 de junio, entre otros, el recurso de queja deberá contener la argumentación suficiente en cuanto a las razones por las que el recurrente considera que su demanda debió ser admitida; correspondiendo exponer claramente los errores e imprecisiones que se hubieran cometido al rechazar la acción. En ese orden, es competencia de esta instancia determinar si efectivamente la Comisión de Admisión de este Tribunal incurrió en los errores identificados por el recurrente en éste recurso de queja, y si efectivamente concernía la admisión.