SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0043/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0043/2016-S2

Fecha: 01-Feb-2016

concedió

El Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 11/2015 de 22 de septiembre, cursante de fs. 31 vta. a 33 vta., “concedió” la tutela al haberse demostrado que el derecho a la libertad y a la celeridad fueron vulnerados en razón de que evidentemente se presentó la solicitud de arraigo de 16 de septiembre de 2015, como consta en el talón de control de 21 de igual mes y año, en el que se establece la fecha de entrega del certificado de arraigo que será el 25 del mismo mes y año, constatándose de que desde la fecha de presentación del arraigo respectivo, ordenado por la autoridad jurisdiccional el 16 del mes y año señalado, a la fecha trascurrieron cuatro días hábiles contraviniendo la abundante jurisprudencia constitucional, entre ella tenemos la SCP 0274/2014 de 12 de febrero, que establece que la Dirección General de Migración tiene la obligación de emitir la certificación en un plazo no mayor a cuarenta y ocho horas, además así lo tiene establecido la Resolución Administrativa 0027-2 de 15 de enero del 2002, con lo cual se ha conculcado la libertad del imputado en este caso el accionante, contraviniendo el principio de celeridad que establece el art. 115.II de la CPE.