SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0043/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0043/2016-S2

Fecha: 01-Feb-2016

III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el principio de celeridad

El Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 1134/2015 de 6 de noviembre, al respecto señala: “‘…el derecho a la libertad física, supone un derecho fundamental de carácter primario para el desarrollo de la persona, entendimiento que se sustenta en la norma prevista por el      art. 6.II de la CPE, pues en ella el Constituyente boliviano ha dejado expresamente establecido que la libertad es inviolable y, respetarla y protegerla es un deber primordial del Estado. Atendiendo esta misma concepción de protección es que creó un recurso exclusivo, extraordinario y sumarísimo a fin de que el citado derecho goce de especial protección en casos en que se pretenda lesionarlo o esté siendo lesionado’.