SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2016-S2
Fecha: 12-Feb-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 21 de septiembre de 2015, Daniel Tito Quintanilla Montero, Sub Comandante Departamental de la Policía Nacional de Pando, firmó un memorándum de sanción disciplinaria de cuatro días de arresto en su contra, por la infracción al art. 11.4 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB), debido a que no se presentó al servicio de Chachapuma evolución, el 15 de agosto del indicado año.
La inasistencia se debió a que se encontraba de descanso, hecho del que informó en dos ocasiones; sin embargo, no le dieron la debida importancia, por lo que sigue cumpliendo la sanción, ya que se encuentra arrestado en el Comando de la Policía Departamental, habiéndose vulnerado su derecho al descanso, haciendo notar que el arresto puede durar ocho horas pero no cuatro días.