SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2016-S2

Fecha: 15-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como antecedentes, la accionante manifiesta que desde el año 2012 está sometida a una investigación penal por la presunta comisión del delito de estafa y otro, proceso dentro del cual, el 21 de septiembre de 2015, el Juez de la causa la declaró rebelde y emitió un mandamiento de aprehensión en su contra por ausencia a la audiencia de juicio oral, sin considerar que su ausencia se debió a problemas de salud; con ese antecedente señala que, al amparo del art. 91 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el 28 del mismo mes y año, compareció ante el Tribunal a objeto de que se dejen sin efecto la ilegal medida de aprehensión dispuesta en su contra; sin embargo, la autoridad demandada declaró no ha lugar a su justificación por providencia de 29 el mismo mes y año y le señaló que justifique de manera idónea su ausencia, cuando lo que realizó es una comparecencia, aclaración efectuada de su parte, que también fue desestimada por providencia de 4 de octubre de 2015, con ello inobservó el mandata establecido en el art. 91 del CPP y consolidó el acto ilegal cometido en su contra, manteniendo de forma permanente la declaratoria de rebeldía, razón por la cual denuncia que se encuentra procesada y perseguida ilegalmente con afectación de su derecho a la libertad.