Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2016-S2
Fecha: 15-Feb-2016
II.4.
II.4. De acuerdo a la ampliación efectuada en audiencia, se establece que el mandamiento de aprehensión fue ejecutado por funcionarios policiales el 27 de octubre de 2015 (fs. 27); sin embargo, en la Sentencia emitida el Juez de garantías estableció que la accionante fue aprehendida el 26 de octubre de 2015 (fs. 35).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Declaratoria de rebeldía y posibilidad del imputado o procesado de justificar ausencia al acto convocado
- III.2. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo