SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2016-S2

Fecha: 15-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que al ser una persona de escasos recursos económicos, su hermana le regaló objetos de promoción de ENTEL -vasos, bolígrafos y mochilas-, el 11 de octubre de 2015, cuando procedía a la venta de los mismos, aparecieron Hugo Peñaloza Cano y Jessica Montaño Quispe, funcionarios de esta empresa, quienes procedieron a sacarle fotos, amenazándola que iría a la cárcel por “ratera”, supuestamente por haber robado dichos productos, llevándola al módulo policial de Villa Adela, pretendiendo hacerla arrestar, al no lograr su objetivo, la condujeron a su domicilio, donde revisaron todas sus habitaciones y pertenencias, no encontrando nada se retiraron, pidiéndole su nombre y cédula de identidad.

Indica que, al día siguiente, después de haber recibido  una llamada telefónica de Jessica Montaño Quispe, fue citada por inmediaciones del “stadium” donde la hicieron subir a un vehículo de ENTEL S.A., en el que se encontraba el policía “Huallpa” del retén de Villa Adela y Gonzalo Eduardo Baldivieso Montellano, abogado de esa empresa, y Hugo Peñaloza Cano, conductor de dicho motorizado; es así que, junto a su hermana que la acompañaba las condujeron a oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de El Alto, luego de maltratarlas verbalmente, otra vez, intentaron hacerlas aprehender, no logrando su cometido fueron trasladadas a la Fiscalía de esa ciudad, donde el la autoridad fiscal, Agustín Coronado, llamó la atención a Jessica Pilar Montaño Quispe, puesto que en su condición de abogada, no conocía el procedimiento para el arresto, conminándola a que las liberen.

Refiere también que, conforme desarrolló la amplia jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el secuestro es la privación arbitraria de libertad que conculca el derecho del detenido a ser llevado sin demora ante un juez y a interponer los recursos adecuados para controlar la legalidad de su arresto, por lo que al ser privada irregularmente de su libertad, fue también objeto de un secuestro, por parte de los funcionarios de ENTEL S.A.