SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2016-S1

Fecha: 01-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A la muerte de su madre el 7 de mayo de 2000, acontecieron una serie de problemas respecto al derecho propietario del bien inmueble ubicado en calle Potosí 5141, con registro en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la partida 37, del libro de propiedades de 1916, que viene habitando desde hace cuarenta años, producto del supuesto derecho propietario que indicaba tener su media hermana Mery Bernal Vda. de Ugarte, a título de la supuesta compra del referido bien, por cuanto en más de una ocasión, pretendió desalojarle del mismo, valiéndose de amenazas e intimidaciones, amparada en la buena situación económica y laboral que ostenta, por ser esposa de un capitán de policía.

Así el 25 de septiembre de 2015, a horas 11:00 aproximadamente, cuando se encontraba en su fuente de trabajo, fue sorprendido por una llamada de su hija, con quien habita el mencionado departamento, para informarle que las demandadas aprovechando que no se encontraban en el mismo, ingresaron violentamente a su domicilio rompiendo candados; para posteriormente, junto con dos trabajadores proceder a desalojar sus pertenencias, esparciéndolas en el suelo, rompiendo incluso su televisor, sin contar con una orden de desapoderamiento, emitida por autoridad competente o que se les haya iniciado proceso alguno; actuaciones ante las cuales cuando llegó, junto con su  referida hija al tratar de evitar lo que hacían, fueron reprimidos mediante agresiones físicas e insultos con palabras obscenas y soeces, indicándoles que al ser supuestamente dueñas del inmueble podían proceder como quisieran.

Por todo ello, procedieron a llamar a radio patrulla 110, quienes al apersonarse al lugar de los hechos, nos remitieron a ambas partes a dependencias del módulo policial, situado en la Plaza Sebastián Pagador, donde instaron a la solución del conflicto, sin llegar a una conciliación, porque Mery Bernal Vda. de Ugarte, a tiempo de manifestar su presunto derecho propietario, sin contar con documento alguno de respaldo, los intimidaba indicando que su hijo Marco Ugarte Bernal, era teniente, por lo que la policía no pudo hacer nada para evitar los atropellos del que estaban siendo objeto, indicándoles al efecto que acudan a las instancias legales o presenten denuncia ante el Ministerio Público.

Por cuanto ese mismo día en horas de la tarde procedieron a denunciar el hecho en la Fiscalía; empero a pesar de ello, hasta la fecha se encuentran sin ingreso a su hogar, estando sus pertenencias deteriorándose en el patio del mencionado inmueble, porque al no contar con recursos tampoco pueden acudir a un alojamiento, pernoctando donde quien los pueda acoger.