SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

a)

Lourdes Marisol Solares Conde, Karen Bejarano Solares y Ángel Bejarano Balderrama, a través de su abogado, indicaron que: a) Los mismos hechos referidos a través de la presente acción de defensa, fueron denunciados por la accionante en la vía ordinaria penal, encontrándose el proceso penal bajo el control jurisdiccional del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, por lo que al existir un proceso pendiente de resolución, en virtud al principio de subsidiariedad no procede la acción de amparo constitucional; y, b) Conforme aduce la accionante, los actos lesivos a sus derechos se efectuaron el 16 de marzo de 2015, razón por la cual, conforme prevé el art. 55 del Código Procesal Constitucional (CPCo), se encuentran fuera del plazo previsto por ley para la activación de la acción de amparo constitucional.