Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
Fragmento 9
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve con los fundamentos precedentes: CONFIRMAR en todo la Resolución 44/2015 de 29 de octubre, cursante de fs. 34 a 35 vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. A
- “desde la fecha en que le dejaron el memorial de solicitud de aval, dejó en Secretaría la respuesta, misma que no fue recogida por ninguna persona representante de los accionantes”
- Fragmento 9