Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración de sus derechos a la petición y a la libre sindicalización; toda vez, que el 12 de octubre de 2015, solicitó a la CTEUB le otorgue el aval de este ente matriz, el cual es un requisito que exige el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para otorgarle su personería jurídica, sin embargo, la entidad ahora demandada no dio respuesta a su solicitud.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. A
- “desde la fecha en que le dejaron el memorial de solicitud de aval, dejó en Secretaría la respuesta, misma que no fue recogida por ninguna persona representante de los accionantes”
- Fragmento 9