SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0149/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0149/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

III.2.

Para un mejor entendimiento de este requisito de forma en la acción de libertad, citamos la jurisprudencia desarrollada en la SCP 1135/2014 de 10 de junio, que expresa: “El Tribunal Constitucional Plurinacional a través de su SCP 1888/2013 de 29 de octubre, señala: ‘…es también evidente que, cuando en la vía ordinaria existen medios o mecanismos de impugnación que de manera inmediata y eficaz puedan restituir el derecho a la libertad física o personal o el derecho a la libertad de locomoción, los mismos deben ser utilizados previamente antes de acudir a la vía constitucional a través de la acción de libertad.