SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0154/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0154/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Juez ahora demandado, incurrió en ilegalidades al dictar dos Autos de relación procesal, omitiendo señalar los puntos de hecho demandados, tanto en la demanda principal como en la reconvención; incluyendo en su lugar otros puntos no demandados; además, confundió totalmente la ubicación de los lotes de terreno afirmando que pertenecían a El Alto del departamento de La Paz, cuando en realidad pertenecían a Viacha del señalado departamento.

A su turno y una vez apelada la mencionada Resolución, los Vocales demandados, olvidando su labor revisora, confirmaron en parte la Sentencia 385/2007 de 27 de septiembre, declarando probada en parte la demanda de desocupación de los lotes de terreno objeto de la litis, lo cual no es coherente con el Auto de relación procesal, con la prueba y menos con la referida Sentencia; toda vez que, la acción que no debió estar en debate era la de reivindicación porque no fue demandada.

Por su parte, los Magistrados ahora demandados, a momento de resolver el recurso de casación presentado en respuesta al Auto de Vista 129/2008 de 3 de abril, de los Vocales de la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; pese a tener conocimiento de la SCP 0151/2014-S3 de 20 de noviembre, revocó la Resolución impugnada en parte, dejando sin efecto el Auto Supremo 304 de 26 de junio de 2013, ordenando la emisión de uno nuevo debidamente fundamentado, lo que debió cumplirse en forma imperativa por el Tribunal de casación, que emitió el Auto Supremo 357/2015 de 21 de mayo, declarando improcedente el recurso de casación, lesionándose de esta manera sus derechos, sobre todo, porque no se consideró en forma oportuna el fallo vinculante.