SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0154/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.1.
II.1. Mediante SCP 0151/2014-S3, la Sala Tercera del Tribunal Constitucional Plurinacional, resolvió revocar en parte la Resolución 24/2014 de 18 de agosto, emitida por el Tribunal de garantías; y, en consecuencia, conceder la tutela únicamente con relación al derecho al debido proceso, en su vertiente de fundamentación, motivación y seguridad jurídica, dejando sin efecto el Auto Supremo 304, pronunciado por la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, ordenando la emisión de uno nuevo debidamente fundamentado; todo esto, emergente de la interposición de una acción de amparo constitucional por Dionicia López Condori y Emilia López Condori el 26 de diciembre de 2013, en la que denunciaron similares hechos que en la presente acción de defensa y que el citado Auto Supremo carecía de fundamentación y motivación, por cuanto a momento de ser dictado, las autoridades distrajeron su atención en formalidades, olvidando su labor de revisar prolijamente el expediente para detectar nulidades que interesan al orden público conforme el art. 252 del CPC (fs. 265 a 273).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Ineficacia de la acción de amparo constitucional para lograr el cumplimiento de lo resuelto en una anterior acción tutelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo