SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016-S1

Fecha: 01-Feb-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El impetrante a través de si representante, ratificando in extenso el memorial de demanda, complementó, indicando que, los Vocales ahora demandados, debieron garantizar los principios de celeridad, eficacia y eficiencia y no dilatar una causa para señalamiento de audiencia desde el 25 de septiembre de 2015 al 14 de octubre del mismo año; teniendo tiempo suficiente para planificar la convocatoria de los vocales.