SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2016-S3

Fecha: 04-Feb-2016

“procedente”

El Tribunal Primero de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 11/2015 de 10 de octubre, cursante de fs. 23 vta. a 26 vta., declaró “procedente” la acción de libertad, disponiendo que las autoridades demandadas inmediatamente sean notificadas con la “…presente acción de libertad…” (sic), debiendo librar mandamientos de libertad a favor de los accionantes, conforme lo establecen las SSCC “1579/2004-R” y “0044/2010-R”, bajo el siguiente fundamento: De la compulsa del expediente se evidenció que efectivamente la parte hoy accionante cumplió con las medidas sustitutivas a la detención preventiva, así también consta que el acta fue remitido por el Secretario del Tribunal demandado a la Presidenta del mismo, quien no emitió el correspondiente mandamiento de libertad, de manera contraria a lo establecido en las SSCC 1447/2004-R de 6 de septiembre y 1194/2011-R de 6 de septiembre, mismas que establecen que se librará mandamiento de libertad cuando se cumplan las medidas impuestas, de no hacerlo se incurre en dilaciones indebidas, no pudiéndose exigir otro trámite, pues de lo contrario se obstaculiza indebidamente la efectivización de la libertad.