Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.2.
II.2. Mediante Auto de 6 de octubre de 2015, la Jueza hoy demandada, bajo el fundamento que el imputado no se hizo presente a la audiencia señalada, conforme los arts. 87 inc. 1) y 89 inc. 1) y 4) del CPP, declaró su rebeldía y ordenó su aprehensión, disponiendo su arraigo y publicación de sus datos y señas personales en los medios de comunicación (fs. 2 vta.).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Prohibición de activación ulterior de acciones de libertad con identidad de objeto, sujetos y causa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo