SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
denegó
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 11 de noviembre de 2015, cursante a fs. 21 y vta., denegó la tutela impetrada, con los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de los antecedentes del proceso y la prueba aportada por el accionante, se estableció que la citada SCP 1269/2013-L, no se pronunció sobre el cuestionado Mandamiento de Aprehensión de 7 de noviembre de 2011, y que no existe Resolución alguna que deje sin efecto el mismo, por lo que sigue vigente; y, 2) El Mandamiento de Aprehensión referido, manda y ordena al Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) o a cualquier funcionario policial no impedido por ley, para que se ejecute; y si bien no indica para que fin es la aprehensión, se entiende que es para que sea conducido ante la autoridad jurisdiccional de la causa, omisión que no constituye defecto absoluto.
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3. Análisis en el caso concreto
- III.3.1. Facultad de investigar
- III.3.2. Facultad de decidir
- CONFIRMAR en todo