Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0186/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo y a la estabilidad laboral; puesto que fue retirada de su fuente laboral, aun cuando su contrato de trabajo se encontraba vigente y pese a existir Conminatoria de reincorporación J.D.T.T. 250/15 de 28 de agosto de 2015, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Tarija, misma que no fue cumplida por el ahora demandado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- III.2. Análisis del caso concreto
- que sin justificación
- REVOCAR