SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
En concordancia con la normativa señalada supra, el Código Procesal Constitucional (CPCo), respecto al objeto de esta acción tutelar, en su art. 46, establece que: “La acción de libertad tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”. Señala además, que esta acción tutelar procederá cuando cualquier persona crea que su vida está en peligro, que esté ilegalmente perseguida, indebidamente procesada e indebidamente privada de su libertad personal (art. 47).