Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
II
II.2. Mediante acta de 20 de octubre de 2015, de audiencia de objeción a la querella en el proceso por el presunto delito de falsedad material y so de instrumento falsificado, el Juez demandado, ante la solicitud de dar cumplimiento al mandamiento de aprehensión de 19 de octubre de 2015, dispuso que se solicite mediante cooperación, en el mismo acto el abogado querellante, planteó recurso de reposición mismo que fue denegado, disponiendo que la parte interesada puede convocar al funcionario policial, dando por concluido el acto procesal (fs. 15 a 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1
- II
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Estado
- III.2.1.De la acción de libertad
- III.2.2.La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Sobre el error de la identidad de la persona
- Fragmento 14