SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

1)

José Romero Soliz y Gregorio Orosco Itamari, Vocales de Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, presentaron informe escrito cursante de fs. 124 a 128, señalando que: 1) El petitorio en sentido de que se revoquen las Resoluciones pronunciadas por las autoridades demandadas, deviene en que el Tribunal de garantías tendría que aplicar una medida sustitutiva y la libertad del imputado, lo que no está permitido por ley; 2) De la revisión de antecedentes del cuaderno de apelación, no consta el Auto que resolvió el incidente de nulidad de la imputación formal, en consecuencia, no pudo ser compulsado por el Tribunal de apelación; y, 3) El petitorio de revocar la medida cautelar validó la imputación formal, por lo mismo, es contradictorio a la solicitud de declarar su nulidad, el imputado está detenido preventivamente por concurrir los requisitos previstos en el art. 233.1 y 2 del CPP, modificado por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal y por Resolución judicial 1116/2015 de 11 de octubre, por lo que no corresponde conceder la tutela.