SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado

Criterio jurisprudencial sostenido también en la SCP 0959/2014 de 23 de mayo, que respecto a la posibilidad de tutela del debido proceso a través de la acción de libertad, señaló que: “El supuesto de procesamiento indebido disciplinado en el art. 125 de la CPE, tratándose de medidas cautelares de carácter personal, puede ser tutelado a través de la acción de libertad, en los casos en los que se afecte las reglas y elementos del debido proceso, siempre y cuando cumpla con dos aspectos esenciales: a) La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado; y, b) Como segundo requisito; el agotamiento de los mecanismos internos de cuestionamiento a decisiones jurisdiccionales; o, la presencia de indefensión absoluta(las negrillas son añadidas).

De los fallos constitucionales, antes referidos, es evidente que solo es posible la activación de la acción de libertad como medio de defensa extraordinario e inmediato reclamando vulneración del debido proceso, cuando dicha lesión se encuentre relacionada con la amenaza, restricción o supresión de la libertad física o de locomoción y el previo agotamiento de los mecanismos intra procesales de impugnación o la existencia de estado de indefensión.