SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0230/2016-S1

Fecha: 18-Feb-2016

II.3.

II.3.  Cursa informe de Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, cuyo contenido es el siguiente: 1) Entre las medidas dispuestas, se ordenó la detención domiciliaria con escolta en el domicilio que el imputado constituya dentro del plazo de veinticuatro horas; a cumplir el 21 de octubre de 2015, dichos requisitos fueron cumplidos; 2) El imputado no formuló el recurso de apelación contra la Resolución de 20 de octubre del indicado año referido a las medidas cautelares; ya que la acción de libertad no es subsidiaria para la pretensión de los derechos constitucionales; 3) El ahora accionante, en el proceso penal que se le sigue, desde el primer momento fue asistido de sus abogados particulares; en audiencia cautelar no acreditó con ningún medio legal la constitución del domicilio y la actividad lícita; ya que los documentos presentados al respecto, fueron insuficientes; y, 4) La víctima y denunciante desistió de la acción penal contra el imputado; sin embargo, como se trata de un presunto delito de carácter público, es perseguible de oficio por el Ministerio Público; en consecuencia, el trámite de la causa debe seguirse (fs. 13 a 14).