Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0231/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución de 28 de octubre de 2015, cursante de fs. 9 a 10, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edgar Espinoza Martínez en representación sin mandato de Yimy Campos Gonzáles contra Miguel Ángel García Solares, Juez de Partido en lo Civil y Comercial en suplencia legal del Juez de Sentencia Penal ambos del departamento de Pando.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- i)
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- 1) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; 2) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- CONFIRMAR