SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante consideró lesionados sus derechos al debido proceso en relación a la libertad y a los principios de celeridad y el non bis in ídem; toda vez que, estando detenido preventivamente se le aplicó salida alternativa de procedimiento abreviado, imponiéndosele una sanción de tres años de privación de libertad, disponiendo suspensión condicional de la pena y librándose mandamiento de libertad, que no fue ejecutado debido a que la Jueza ahora demandada, volvió a sentenciarlo dentro del mismo proceso por “Auto 06/2015 de 20 de marzo”, a cuatro años de privación de libertad, en desconocimiento del principio de non bis in ídem; y, habiendo transcurrido cuatro años y dos meses desde el inicio de la causa, se encontraría vencidos los límites legales de duración del proceso; por lo que, solicitó se disponga: la validez de la primera Resolución            –“Auto 104/2012 de 24 de agosto”– que lo condenó a tres años de privación de libertad y la consiguiente “extinción de la acción por prescripción emergente de la suspensión condicional de la pena” (sic); así como la nulidad del segundo fallo               –“Auto 06/2015”– que le dio la pena de cuatro años de privación de libertad y el mandamiento de condena.