SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0263/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

I.2.2. Intervención de la persona demandada

Gladys Hurtado Coronado, Administradora de la Clínica Montero S.R.L, en audiencia mencionó que se le informó a Irma Zeballos Canaza, que el representante de la Clínica Montero S.R.L. era Jesús Amelio Torres Nava y que el documento presentado debía estar dirigido a éste, no habiéndose apersonado en ningún momento a la Clínica en horas de oficina; además se puso en su conocimiento los costos de internación, honorarios médicos y de cirugía, existiría un poder en el que consta que el “Dr. Amelio Torres” es el representante legal y es el llamado a firmar esos documentos; cuando se dio de alta al accionante, éste  presentó estado febril y no quisieron retirarlo de la Clínica hasta estabilizarlo, comprometiéndose por su parte Irma Zeballos Canaza a cancelar la deuda, aduciendo que su hermano que se encontraba en la república de Chile le estaría realizando un giro y que su amiga a la que ella denomina “Directora de Yambal” (sic) se habría comprometido en presentar la documentación de un vehículo como garantía, incumpliendo todo lo comprometido.