SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

Fragmento 16

De la misma manera no existe un total estado de indefensión, por cuanto Sonia Gutiérrez Gutiérrez, Juanito Meneses Aquino y Alfredo Catari Choque plantearon todos los recursos que les franquea la ley para poder recusar al juez que supuestamente atenta contra sus derechos con amenazas; sin embargo, estos actuados de carácter ordinario, corresponden su tramitación en esa jurisdicción, pudiendo ser tutelado el derecho al debido proceso vía acción de amparo constitucional, si se consideraría que estaría siendo sujeto de vulneración, en consecuencia al verificarse que los accionantes dentro de la vía legal correspondiente tienen instancias en las cuales pueden hacer prevalecer sus derechos, estos no se encuentran en estado de indefensión.