SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2016-S1

Fecha: 29-Feb-2016

III.3.  Análisis del caso concreto

Los accionantes consideran lesionados sus derechos a contar con un juez natural competente, imparcial e independiente, a la defensa, al debido proceso y a los principios de honestidad, transparencia, probidad de la justicia ordinaria, seguridad jurídica, legalidad y verdad material, por cuanto los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dispusieron el rechazo in límine de la recusación planteada contra el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal disponiendo que éste tendría que llevar adelante el proceso penal, sin considerar que iniciaron un proceso penal contra el citado  Juez, por lo que, consideran que esta autoridad jurisdiccional tiene enemistad en su contra, en tal sentido señalan se podría revocar las medidas sustitutivas e imponer la medida cautelar de detención preventiva.

Por la documentación glosada en Conclusiones II.1 y II.2 se puede establecer que evidentemente los impetrantes de tutela interpusieron recusación contra el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, el cual se allanó a la misma y dispuso la remisión del expediente al juez siguiente en número; sin embargo, al ser remitidos los actuados ante la Sala Penal Segunda, ésta dispuso su rechazo in límine, ordenando que el Juez recusado siga conociendo la causa de la que forman parte los accionantes.

Por la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional Plurinacional y señalada en el presente fallo en el Fundamento Jurídico III.1 en el cual se establece la naturaleza jurídica de la acción de libertad precisando que toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad, podrá interponer acción de libertad; sin embargo, en el caso de autos se puede determinar que los derechos supuestamente vulnerados están enmarcados dentro del debido proceso para lo cual de la misma forma se tiene una vasta jurisprudencia, misma que da lineamientos respeto a la vinculación que debe existir entre la vulneración del mencionado derecho y la libertad de los solicitantes de tutela, extremos puntualizados en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional.