Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
acción de libertad
En revisión la Resolución 175/2015 de 28 de octubre, cursante de fs. 71 a 72, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Miguel Ángel Ibáñez Álvarez contra José Luís Quiroga Flores, Presidente, Octavio Apaza Días y Genara Yolanda Pérez Mamani, Jueces Técnicos, todos del Tribunal Tercero de Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad cuando se alegue procesamiento ilegal o indebido
- 1) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; 2) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR