AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2016-RCA
Fecha: 03-Mar-2016
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
Por memorial presentado el 21 de enero de 2016, cursante de fs. 224 a 233, el accionante manifestó que, el “26 de febrero de 2014” se dio por notificado con el inicio de ejecución tributaria con el proveído de AN-GROGR-ULEOR-SET-PIET 933/2014 de 26 de diciembre, por medio del cual la Gerencia Regional de Oruro de la ANB, dispuso contra la empresa que representa la ejecución tributaria por el monto de UFVs. 230 192 (doscientos treinta mil, ciento noventa y dos Unidades de Fomento a la Vivienda), ordenando además la aplicación de medidas coactivas en caso de no pagar la suma mencionada, enterándose de esa manera que dicho actuado administrativo fue emitido a consecuencia del Acta de Intervención Contravencional AN-GRORU-ORUOI-ECT-C 191/2010 de 17 de noviembre que dio origen posterior a la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 3460/2012 de 26 de diciembre, mismas que nunca le fueron notificadas en forma personal conforme determina el art. 84 del Código Tributario Boliviano (CTB), impidiéndole ejercer su derecho a la defensa.
Refirió que, agotó todos los medios de impugnación habiendo solicitado la nulidad con reposición hasta el vicio más antiguo el cual fue rechazado por la Gerencia Regional de Oruro de la ANB mediante Auto Administrativo AN-GROGR-ULEOR-SET-AA-36/2015 de 8 de octubre, el cual le fue notificado el 14 de octubre de 2015, en Secretaría, siendo a partir de dicha notificación que se rechazó su petición y prosiguió con la ejecución tributaria que viene del proveído de inicio de ejecución Tributaria AN-GROGRULEOR-SET-PIET 933/2014 de 26 de diciembre, la que convalida, ratifica y mantiene firme que la notificación con el Acta de Intervención Contravencional AN-GRORU-ORUOI-ECT-C 191/2010 de 17 de noviembre y de la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-GRORU-ORUOI-SPCCR 3460/2012 de 26 de diciembre, que a decir de la aduana son correctas.
Debido a que no existe mecanismo de defensa en la vía administrativa para solicitar la nulidad de la ilegal notificación con el Acta de Intervención Contravencional referida y la Resolución Sancionatoria de Contrabando ya mencionada, interpuso la presente acción alegando la vulneración de los derechos de la Empresa que representa al no haber sido notificado conforme a Ley.