SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2016-S2

Fecha: 14-Mar-2016

denegó

El Juez Segundo de Sentencia del departamento de Cochabamba, por Resolución 14/2015 de 20 de noviembre, cursante de fs. 24 a 25 vta., denegó la tutela solicitada, por no haberse podido determinar que se hubiesen vulnerado garantías constitucionales, ordenándose además al equipo multidisciplinario del Juzgado como ser psicólogos y visitadora social, realizar un seguimiento de Ruth Vásquez Gabriel, en el Centro Proyecto GILEAD Bolivia, ubicado en la localidad de Tiquipaya. En base a los siguientes fundamentos: i) La parte demandada, mediante informe verbal hizo notar que la hoy accionante, fue internada por consumo de psicotrópicos y alucinógenos y como prueba presentó documentación de consentimiento en forma voluntaria de tratamiento de 15 de noviembre de 2015; ii) Lo aseverado por el demandado Juan Carlos Chávez Ramírez, valoró el informe y considerando en forma objetiva en la entrevista realizada a Ruth Vásquez Gabriel, no existió violación a los derechos y garantías constitucionales, más al contrario manifestó de forma voluntaria que ella necesita ese tratamiento y estar de acuerdo a someterse a dicha internación en el “centro de Rehabilitación” (sic.); y, iii) No se vulneró la libertad de locomoción como trata de demostrar el representante de la accionante y debe considerarse que la acción de libertad procede cuando se vulnera el derecho a la libertad y la locomoción. En el presente caso no se logró demostrar dichos extremos.