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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2016-S2

    Fecha: 21-Mar-2016

    II.1.

    II.1.    El 12 de enero de 2011, Víctor Peña Alvis suscribió un contrato de arrendamiento debidamente reconocido ante autoridad competente con Mary Luz Antelo de Álvarez, del inmueble destinado al rubro de subarrendamiento por el plazo de un año, prorrogable de común acuerdo entre partes con la firma de un nuevo documento, sin lugar a tácita reconducción (fs. 3 a 5).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • ‘Vivir con dignidad’
    • grupos vulnerables
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 14

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