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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2016-S1

    Fecha: 11-Mar-2016

    II.1.

    II.1.   Cursa el contrato administrativo RRHH GOB/457/2011, mediante el cual, Ana María Gumiel Lazcano, ahora accionante, fue contratada por el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, como consultora, para cumplir las funciones de Técnico de Coordinación con Organizaciones Sociales, por plazo fijo a computarse desde el 24 de octubre de 2011 a 31 de diciembre de igual año (fs. 1 a 4).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.8.
    • II.11.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • i)
    • III.1.  La protección del derecho fundamental al trabajo mediante la acción de amparo constitucional
    • III.2.
    • denegar
    • 2°

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