SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Paulo de Matos Pereira, Carlos Alberto Francisco Pereira -hoy terceros interesados- y Pedro Horaldo Carneiro (fallecido), por la presunta comisión de los delitos relacionados a la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, a pesar que su persona no tenía relación alguna con los hechos investigados en la causa, los Vocales demandados dictaron el Auto de Vista 117 de 4 de julio de 2014, y su Auto complementario 201 de 11 de noviembre de igual año, confirmando la Resolución de rechazo de su incidente de solicitud de “desincautación” y devolución de inmueble (Auto 228/2012), pronunciada por el Juez de primera instancia -ahora codemandado-; sin considerar que no se demostró que ella tomó parte en el delito investigado o que conoció su comisión, ni que su bien inmueble esté sujeto a incautación o que se la hubiere denunciado.

Además, continúa señalando que, mediante prueba documental demostró el origen y procedencia lícita del derecho propietario de su inmueble, mismo que fue incautado ilegalmente, el cual adquirió con anterioridad al hecho investigado, con dinero propio no proveniente de actividad ilícita de narcotráfico. En ese sentido, los Vocales demandados no supieron valorar la prueba que demuestra que el inmueble referido no fue alquilado para la producción de sustancias controladas.