SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2016-S1

Fecha: 16-Mar-2016

1)

El accionante a través de su abogado, a tiempo de ratificar la acción planteada señaló que: 1) El Auto de Vista ahora impugnado carece de fundamentación legal; por lo que, se vulneró el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP), así como la SCP 1017/2013 de 27 de junio, que estalece en su ratio decidendi que cada autoridad que dicte resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva; y, 2) El Auto de Vista, efectúa la relación de los hechos en los que funda la apelación interpuesta por los imputados y en ningún momento menciona la contestación que fue realizada por el Ministerio Público ni de la víctima; es decir que, sólo transcribieron textual la misma, denotándose de ello que los Vocales demandados no revisaron el expediente, porque sobre los actos de discriminación existen filmaciones, fotografías, grabaciones, y en la parte final procedieron a anular no sólo el Auto Interlocutorio 109/2015, emitido por la Jueza inferior, sino también el requerimiento fiscal y ordenaron que se realice uno nuevo, anulando así la imputación formal de 9 de enero de 2015.