SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2016-S3

Fecha: 08-Mar-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, radicado en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de Potosí, se encuentra detenido preventivamente desde el 7 de marzo de 2015, habiéndose dictado “a la fecha” (sic), Resolución de sobreseimiento a su favor en septiembre de ese año, el cual fue impugnado por la víctima dando lugar a una serie de irregularidades que atenta a su derecho a la locomoción, ya que no puede beneficiarse con la libertad.

Es así que, los Fiscales de Materia hoy codemandados, elevaron el cuaderno investigativo a su superior jerárquico fuera del plazo establecido por ley, habiendo sido observado por el Fiscal Departamental al no existir las diligencias de notificación a las partes, por lo que fue devuelto para ser remitido nuevamente el 27 de octubre de 2015, aspectos que no fueron informados al Juez de la causa a efectos del correspondiente control de plazos procesales insertos en el art. 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP) con relación al art. 324 del mismo cuerpo legal.