SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2016-s1

Fecha: 16-Mar-2016

II.4.

II.4.    Mediante memorial presentado el 9 de abril de 2015, el acciónate reiteró nuevamente el cumplimiento del art. 134 de la CPP, a lo que, la autoridad demandada por decreto de 13 del mencionado mes y año, señaló: “no solo compete al juzgador sino Además a todos los sujetos procesales, debiendo sujetare al dato del proceso” (sic) (fs. 9 vta.).