AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2016-RCA

Fecha: 06-Abr-2016

si la enmienda, aclaración o complementación ‘no hubiesen sido considerada, por extemporaneidad o el motivo que fuere; al no tener trascendencia ni efecto en la resolución principal, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución principal o auto de vista, sin considerar la solicitud de aclaración, complementación o enmienda’.

Con respecto a la solicitud de complementación y enmienda, la misma fue rechazada; es decir, no considerada y por ende no altera el fondo de la decisión final, en consecuencia, resulta aplicable el entendimiento jurisprudencial asumido en la citada SC 0521/2010-R de 5 de julio, en sentido de que si la enmienda, aclaración o complementación ‘no hubiesen sido considerada, por extemporaneidad o el motivo que fuere; al no tener trascendencia ni efecto en la resolución principal, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución principal o auto de vista, sin considerar la solicitud de aclaración, complementación o enmienda’.