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    AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2016-RCA

    Fecha: 28-Abr-2016

    I.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante estima lesionados sus derechos al debido proceso, a la impugnación, a la defensa y al principio de sometimiento a la Ley, citando al efecto los arts. 115.II, 116.II, 119.II, 120.I, 232 y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 82 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.

    • Fragmento 1
    • I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • legitimación pasiva entendida en el ámbito tutelar como la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente incurrió en violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
    • es imprescindible que éste sea dirigido contra todos los que cometieron el acto ilegal o la omisión indebida
    • Fragmento 11
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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