Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2016-RCA
Fecha: 28-Abr-2016
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante estima lesionados sus derechos al debido proceso, a la impugnación, a la defensa y al principio de sometimiento a la Ley, citando al efecto los arts. 115.II, 116.II, 119.II, 120.I, 232 y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 82 inc. h) de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- legitimación pasiva entendida en el ámbito tutelar como la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente incurrió en violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- es imprescindible que éste sea dirigido contra todos los que cometieron el acto ilegal o la omisión indebida
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR