Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0113/2016-RCA
Fecha: 28-Abr-2016
II.3. Análisis del caso concreto
Ahora bien, de acuerdo a la demanda de la acción tutelar como del memorial de subsanación, se evidenció que el accionante si bien por una parte, subsanó los puntos 5 y 6 de la providencia de 1 de marzo de 2016, realizando la correspondiente relación de hechos, identificando sus derechos considerados infringidos, explicando cómo los mismos fueron lesionados y estableciendo el correspondiente nexo de causalidad entre los hechos jurídicos relevantes y el petitorio que fue formulado de manera clara y precisa.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- legitimación pasiva entendida en el ámbito tutelar como la coincidencia entre la autoridad o particular que presuntamente incurrió en violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción
- es imprescindible que éste sea dirigido contra todos los que cometieron el acto ilegal o la omisión indebida
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR